Resolución de Gerencia Municipal N.° 0435-2024-MPM/GM
APROBAR la modificación del Contrato de Consultoría de Obra Nº 003- 2020-MPM-A
24 de setiembre de 2024
SE RESUELVE:
ARTICULO 1º APROBAR la modificación del Contrato de Consultoría de Obra Nº 003- 2020-MPM-A, suscrito en fecha 07 de octubre de 2020, cuyo objeto es la contratación del servicio de elaboración del expediente técnico de saldo de obra del proyecto denominado: "Instalación de sistema de abastecimiento de agua potable y letrinas en las comunidades de Choquesani, Colquemarca, Cachuyo Sollocotaña y sectores aledaños del distrito de Orurillo, provincia de Melgar - Puno", con CUI N.º 2158238, en el extremo de la forma de presentación y aprobación del expediente técnico de saldo de obra, esto en aplicación del numeral 34.10 del articulo 34º de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el numeral 160.1 del artículo 160° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; para tal efecto, debe modificarse, a través de una adenda, los entregables 2 y 3 contenidos en el numeral IX de los Términos de Referencia que forma parte del referido contrato; debiendo quedar redactado de la siguiente manera: "(...) IX PERIODO DE DURACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO La consultoria se deberá desarrollar (120 dias calendarios), el plazo para la elaboración de Expediente Técnico de saldo de Obra, no incluye el plazo que se tome en la evaluación.(...) Entregable 02. Se realizará la entrega del expediente técnico de saldo de obra al 100 % al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por medio fisico; el cual deberá presentarse en un plazo de 80 días contados a partir de la firma de contrato. Entregable 03 A la aprobación del expediente técnico de saldo de obra, apto (aprobación) por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por medio fisico, según corresponda, previo informe favorable del área correspondiente de la Entidad. El cual deberá presentarse según los plazos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. (...)"
ARTICULO 1º APROBAR la modificación del Contrato de Consultoría de Obra Nº 003- 2020-MPM-A, suscrito en fecha 07 de octubre de 2020, cuyo objeto es la contratación del servicio de elaboración del expediente técnico de saldo de obra del proyecto denominado: "Instalación de sistema de abastecimiento de agua potable y letrinas en las comunidades de Choquesani, Colquemarca, Cachuyo Sollocotaña y sectores aledaños del distrito de Orurillo, provincia de Melgar - Puno", con CUI N.º 2158238, en el extremo de la forma de presentación y aprobación del expediente técnico de saldo de obra, esto en aplicación del numeral 34.10 del articulo 34º de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el numeral 160.1 del artículo 160° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; para tal efecto, debe modificarse, a través de una adenda, los entregables 2 y 3 contenidos en el numeral IX de los Términos de Referencia que forma parte del referido contrato; debiendo quedar redactado de la siguiente manera: "(...) IX PERIODO DE DURACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO La consultoria se deberá desarrollar (120 dias calendarios), el plazo para la elaboración de Expediente Técnico de saldo de Obra, no incluye el plazo que se tome en la evaluación.(...) Entregable 02. Se realizará la entrega del expediente técnico de saldo de obra al 100 % al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por medio fisico; el cual deberá presentarse en un plazo de 80 días contados a partir de la firma de contrato. Entregable 03 A la aprobación del expediente técnico de saldo de obra, apto (aprobación) por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por medio fisico, según corresponda, previo informe favorable del área correspondiente de la Entidad. El cual deberá presentarse según los plazos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. (...)"