Ordenanza Municipal N.° 021-2025-CM-MDM

28 de noviembre de 2025

La Ordenanza Municipal regula la formalización de la propiedad informal en Mazamari. Se aplica a posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares. Su finalidad es otorgar títulos de propiedad inscritos en SUNARP Satipo para dar seguridad jurídica. La Gerencia de Desarrollo Territorial y Urbano (GDTU) es la encargada del procedimiento con su equipo técnico. Se reconocen mecanismos como prescripción adquisitiva y regularización del tracto sucesivo. Los lotes deben estar ocupados antes del 31 de diciembre de 2021 y no superar los 300 m², salvo excepciones. La norma se rige por principios de legalidad, claridad, eficacia, simplicidad, objetividad y uniformidad. El alcalde firma indelegablemente los títulos de propiedad. Los comités de gestión pro titulación organizan y contratan profesionales para el saneamiento físico legal. La ordenanza se sustenta en leyes nacionales como la 28687, 31056, 31560 y 32267.
Regular el procedimiento de formalización de la propiedad informal de predios urbanos en el distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín.

  • Ámbito de aplicación:

    • Posesiones informales

    • Centros urbanos informales

    • Urbanizaciones populares

    • Otras formas de ocupación en terrenos de propiedad estatal o privada

  • Finalidad de la formalización:

    • Garantizar seguridad jurídica a los posesionarios informales.

    • Permitir el acceso a títulos de propiedad inscritos en la SUNARP.

    • Incluir predios con fines de vivienda, vivienda-comercio, casa huerta u otros similares.

  • Base legal: Ley Nº 28687 (formalización de la propiedad informal), Ley Nº 31560 (funciones compartidas de gobiernos locales en procesos de formalización) y normas conexas.



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