Ordenanza Municipal N.° 021-2025-CM-MDM
28 de noviembre de 2025
La Ordenanza Municipal regula la formalización de la propiedad informal en Mazamari. Se aplica a posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares. Su finalidad es otorgar títulos de propiedad inscritos en SUNARP Satipo para dar seguridad jurídica. La Gerencia de Desarrollo Territorial y Urbano (GDTU) es la encargada del procedimiento con su equipo técnico. Se reconocen mecanismos como prescripción adquisitiva y regularización del tracto sucesivo. Los lotes deben estar ocupados antes del 31 de diciembre de 2021 y no superar los 300 m², salvo excepciones. La norma se rige por principios de legalidad, claridad, eficacia, simplicidad, objetividad y uniformidad. El alcalde firma indelegablemente los títulos de propiedad. Los comités de gestión pro titulación organizan y contratan profesionales para el saneamiento físico legal. La ordenanza se sustenta en leyes nacionales como la 28687, 31056, 31560 y 32267.
Regular el procedimiento de formalización de la propiedad informal de predios urbanos en el distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín.
Regular el procedimiento de formalización de la propiedad informal de predios urbanos en el distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín.
- Ámbito de aplicación:
- Posesiones informales
- Centros urbanos informales
- Urbanizaciones populares
- Otras formas de ocupación en terrenos de propiedad estatal o privada
- Posesiones informales
- Finalidad de la formalización:
- Garantizar seguridad jurídica a los posesionarios informales.
- Permitir el acceso a títulos de propiedad inscritos en la SUNARP.
- Incluir predios con fines de vivienda, vivienda-comercio, casa huerta u otros similares.
- Garantizar seguridad jurídica a los posesionarios informales.
- Base legal: Ley Nº 28687 (formalización de la propiedad informal), Ley Nº 31560 (funciones compartidas de gobiernos locales en procesos de formalización) y normas conexas.

