Resolución de Gerencia Municipal N.° 433-2022-GM/A/MPMN

22 de diciembre de 2022

BRINDAR, el reconocimiento solicitado por la Asociación de Lencería y otros Turcke Podestá en mérito al Informe 1305-2022-SGAC-GSC-GM/MPMN, en el que la Sub Gerencia de Abastecimiento y Comercialización opina favorable, el reconocimiento solicitado por la señora Francisca Ramos Mamanchura, Presidenta de la Asociación, teniendo presente la Ordenanza Nº 008-2006-MUNIMOQ,
de fecha 09 de marzo de 2006 El artículo 3º de la Disposiciones Generales de la Ordenanza antes mencionada, estipula Las autorizaciones que se otorguen para aprovechar las áreas públicas, mediante comercio o prestación de servicios ambulatorios, no crea sobre estas a favor del solicitante derecho alguno, salvo la autorización de funcionamiento temporal motivo del permiso, autorización que es REVOCABLE con sujeción al debido proceso, en ningún caso podrán otorgarse estas autorizaciones con perjuicio del libre yseguro tránsito vehicular y peatonal, ni de acceso a la propiedad privada o pública que colinden. Ordenanza que se cita como referencia.
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