Resolución de Gerencia Municipal N.° 248-2022-GM/A/MPMN
8 de agosto de 2022
DECLARAR la NULIDAD DE OFICIO del acto administrativo contenido en la Carta Nº 203-2021- SGPBS-GA/GM/MPMN del 23-12-2021 y de los actos sucesivos vinculados a dicho acto; en base a lo que dispone el Art. 213 del TUO de la Ley 27444, en razón de los vicios trascendentes incurridos en su expedición, lo que lesiona derechos fundamentales de la administrada Luz María Linares Mamani, su derecho el Debido Procedimiento a la Tutela Administrativa, la Debida Motivación previstos en los lncs. 3 y 5 del Art. 139 de Constitución, afectándose los elementos de validez del acto administrativo, originando la nulidad de pleno derecho del acto, en aplicación del lnc. 1) e lnc. 2) del Artículo 10 del TUO de la Ley 27444. Consecuentemente, SE DISPONE RETROTRAER el procedimiento hasta la etapa en que se cometió el vicio, CONTINUANDOSE con el trámite de reconocimiento y pago del Subsidio por Fallecimiento y Subsidio por Gastos de Sepelio a la servidora Luz María Linares Mamani en base a los Artículos 144 y 145 del Decreto Supremo N º 005-90-PCM; en la forma que se efectuó y formalizó, según la Resolución de Sub Gerencia de Personal y Bienestar Social Nº 020-2020-SGPBS/GA/MPMN del 08 1 -2020. En lo que respecta al recurso de Apelación ingresado con el expediente Nº2216581 el 23-05-2022, debe de estarse a la Nulidad de Oficio declarada precedentemente.