Resolución de Alcaldía N.° 110-2025-A-MDM/U.
Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
25 de abril de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - DISPONER, la realización del contrato de permuta siendo el permutante 1.- la Municipalidad Distrital de Maras y el permutante 2.- Sr. Primitivo Tupayachi Lucana.
ARTICULO SEGUNDO. – DISPONER al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Maras, realizar la suscripción del contrato de permuta y su posterior elevación a escritura pública,
también realizar las acciones administrativas de los bienes inmuebles conforme se detalla en los siguientes términos.
- Por una parte, el Señor Primitivo Tupayachi Lucana: Predio rústico con código catastral N° 413558: Con una extensión superficial de 1,160 metros cuadrados (0.1160 hectáreas), inscrito en el Registro de Predios con Partida Electrónica N° 11217688, cuyo valor comercial asciende a la suma de S/ 51,156.00 (cincuenta y unos mil cientos cincuenta y seis con 00/100 soles). Predio rural de uso agrícola con código catastral N 413745: Con una extensión superficial de 2,249 metros cuadrados (0.2249 hectáreas), inscrito en el Registro de Predios con Partida Electrónicа №° 11217859, cuyo valor comercial, según tasación, es de S/ 99,180.90 (Noventa у nueve mil cientos ochenta con 90/100 soles). Ambos ubicados en la Comunidad Campesina de Maras Ayllu, sector Panteón Qhepa.
Por otra parte, la Municipalidad Distrital de Maras: ➤ Terreno rústico con código catastral N° 413666: Con una extensión superficial de 2,832 metros cuadrados (0.2832 hectáreas), inscrito en el Registro de Predios con Partida Registral N° 11217725, ubicado dentro de la Comunidad Campesina de Maras Ayllu, sector Ayaruco, denominado predio de uso agrícola cuyo valor comercial, según tasación, es de S/. 127,156.80 (ciento veintisiete mil ciento cincuenta y seis con 80/100 soles).
ARTICULO TERCERO. – DISPONER, el cumplimiento del acuerdo de concejo №028-2025-СМMDM/U, de fecha 25 de abril del 2025 que aprobó la formalización e inscripción de la permuta de predios entre la Municipalidad Distrital de Maras y el Sr. Primitvo Tupayachi Lucana.
ARTÍCULO CUARTO: DESIGNESE, la elaboración de la minuta a la Oficina de Asesoría Juridica у los demás trámites correspondientes para su inscripción en Registros Públicos.
ARTICULO QUINTO, -_NOTIFICAR, a la Gerencia Municipal, la oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina de Patrimonio, Gerencia de Infraestructura –Desarrollo Urbano Rural y Catastro, la Oficina de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Rural y a sus demás órganos jerárquicos la ejecución de la presente resolución para los fines administrativos.
ARTICULO SEXTO: ENCARGAR, a la oficina de Secretaria General la publicación de la presente resolución, en la página web institucional www.gob.pe/munimaras.
ARTÍCULO PRIMERO. - DISPONER, la realización del contrato de permuta siendo el permutante 1.- la Municipalidad Distrital de Maras y el permutante 2.- Sr. Primitivo Tupayachi Lucana.
ARTICULO SEGUNDO. – DISPONER al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Maras, realizar la suscripción del contrato de permuta y su posterior elevación a escritura pública,
también realizar las acciones administrativas de los bienes inmuebles conforme se detalla en los siguientes términos.
- Por una parte, el Señor Primitivo Tupayachi Lucana: Predio rústico con código catastral N° 413558: Con una extensión superficial de 1,160 metros cuadrados (0.1160 hectáreas), inscrito en el Registro de Predios con Partida Electrónica N° 11217688, cuyo valor comercial asciende a la suma de S/ 51,156.00 (cincuenta y unos mil cientos cincuenta y seis con 00/100 soles). Predio rural de uso agrícola con código catastral N 413745: Con una extensión superficial de 2,249 metros cuadrados (0.2249 hectáreas), inscrito en el Registro de Predios con Partida Electrónicа №° 11217859, cuyo valor comercial, según tasación, es de S/ 99,180.90 (Noventa у nueve mil cientos ochenta con 90/100 soles). Ambos ubicados en la Comunidad Campesina de Maras Ayllu, sector Panteón Qhepa.
Por otra parte, la Municipalidad Distrital de Maras: ➤ Terreno rústico con código catastral N° 413666: Con una extensión superficial de 2,832 metros cuadrados (0.2832 hectáreas), inscrito en el Registro de Predios con Partida Registral N° 11217725, ubicado dentro de la Comunidad Campesina de Maras Ayllu, sector Ayaruco, denominado predio de uso agrícola cuyo valor comercial, según tasación, es de S/. 127,156.80 (ciento veintisiete mil ciento cincuenta y seis con 80/100 soles).
ARTICULO TERCERO. – DISPONER, el cumplimiento del acuerdo de concejo №028-2025-СМMDM/U, de fecha 25 de abril del 2025 que aprobó la formalización e inscripción de la permuta de predios entre la Municipalidad Distrital de Maras y el Sr. Primitvo Tupayachi Lucana.
ARTÍCULO CUARTO: DESIGNESE, la elaboración de la minuta a la Oficina de Asesoría Juridica у los demás trámites correspondientes para su inscripción en Registros Públicos.
ARTICULO QUINTO, -_NOTIFICAR, a la Gerencia Municipal, la oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina de Patrimonio, Gerencia de Infraestructura –Desarrollo Urbano Rural y Catastro, la Oficina de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Rural y a sus demás órganos jerárquicos la ejecución de la presente resolución para los fines administrativos.
ARTICULO SEXTO: ENCARGAR, a la oficina de Secretaria General la publicación de la presente resolución, en la página web institucional www.gob.pe/munimaras.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldia
