Edicto Municipal
Notificación por edicto
17 de julio de 2025
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANURA
ASUNTO: EXHORTACIÓN PÚBLICA PARA EL RETIRO DE BIENES ABANDONADOS EN OBRA PÚBLICA Y ADVERTENCIA DE DISPOSICIÓN LEGAL.
La Municipalidad Distrital de Maranura, en cumplimiento de sus facultades y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y en salvaguarda de los intereses del Estado y la continuidad de las obras públicas, hace de conocimiento público lo siguiente:
La Municipalidad Distrital de Maranura, en cumplimiento de sus facultades y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y en salvaguarda de los intereses del Estado y la continuidad de las obras públicas, hace de conocimiento público lo siguiente:
A: CORPORACION MVM PERU E.I.R.L. RUC N° 20574652635 Con domicilio fiscal en AV. MARISCAL CASTILLA N° 434, AYACUCHO.
ANTECEDENTES:
- Contrato N° 007-2023-AS-UL-MDM/LC: Suscrito el 22 de diciembre de 2023, entre la Municipalidad Distrital de Maranura y CORPORACION MVM PERU E.I.R.L., para la "Adquisición de Postes ornamentales con farol colonial, bancas y tachos para el proyecto 'CREACIÓN DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EN EL CENTRO POBLADO DE MARANURA, DISTRITO DE MARANURA, LA CONVENCIÓN, CUSCO".
- Resolución de Contrato: Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 0323-2024-GM-MDM/LC, de fecha 03 de octubre de 2024, se aprobó la resolución total del Contrato N° 007-2023-AS-UL-MDM/LC con CORPORACION MVM PERU E.I.R.L., debido a la acumulación máxima de penalidad por mora, conforme al literal b) numeral 164.1 del Artículo 164° y literal a) del Numeral 165.2 del Artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
- Bienes no conformes y abandono: Los bienes (22 unidades de bancas ornamentales, 03 pares de tachos de basura, 22 unidades de postes ornamentales y 22 unidades de luminarias ornamentales tipo farol colonial) entregados por la empresa no cumplieron con los términos de referencia solicitados por la entidad. A pesar de las notificaciones realizadas y los intentos de conciliación extrajudicial (Acta de Conciliación N° 169-2024/CCSL, de fecha 26 de diciembre de 2024, sin acuerdo), la empresa ha incumplido con el retiro de los mismos, dejándolos en abandono en el área de la obra.
- Imposibilidad de notificación directa: Se informa que se han agotado los medios de notificación directa a la empresa, incluyendo cartas notariales, las cuales fueron devueltas por falta de datos y/o ausencia del destinatario en su domicilio fiscal ubicado en otra región, lo que hace inviable la notificación personal.
EXHORTACIÓN Y APERCIBIMIENTO:
Por lo expuesto, y en virtud del Principio de Publicidad del Procedimiento Administrativo, la Municipalidad Distrital de Maranura EXHORTA PÚBLICAMENTE a la empresa CORPORACION MVM PERU E.I.R.L. con RUC N° 20574652635, a que en el plazo improrrogable de DIEZ (10) DÍAS CALENDARIOS, contados a partir de la última publicación del presente Edicto, proceda al retiro total de los bienes (22 unidades de bancas ornamentales, 03 pares de tachos de basura, 22 unidades de postes ornamentales y 22 unidades de luminarias ornamentales tipo farol colonial) ubicados en el área de ejecución del proyecto "CREACIÓN DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EN EL CENTRO POBLADO DE MARANURA, DISTRITO DE MARANURA, LA CONVENCIÓN, CUSCO".
Por lo expuesto, y en virtud del Principio de Publicidad del Procedimiento Administrativo, la Municipalidad Distrital de Maranura EXHORTA PÚBLICAMENTE a la empresa CORPORACION MVM PERU E.I.R.L. con RUC N° 20574652635, a que en el plazo improrrogable de DIEZ (10) DÍAS CALENDARIOS, contados a partir de la última publicación del presente Edicto, proceda al retiro total de los bienes (22 unidades de bancas ornamentales, 03 pares de tachos de basura, 22 unidades de postes ornamentales y 22 unidades de luminarias ornamentales tipo farol colonial) ubicados en el área de ejecución del proyecto "CREACIÓN DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EN EL CENTRO POBLADO DE MARANURA, DISTRITO DE MARANURA, LA CONVENCIÓN, CUSCO".
SE APERCIBE que, de no cumplirse con el retiro de los bienes en el plazo señalado, la Municipalidad Distrital de Maranura procederá al retiro forzoso de los mismos, sin que ello genere responsabilidad alguna para la entidad.
Asimismo, los gastos incurridos por el retiro, transporte y almacenamiento de los bienes serán imputados a la empresa CORPORACION MVM PERU E.I.R.L., reservándose la Municipalidad el derecho de iniciar las acciones legales para su cobro.
Maranura, 17 de julio de 2025.
Maranura, 17 de julio de 2025.