Resolución de Gerencia Municipal N.° 406-2023-MDM-GM
AUTORIZAR LA EXPEDICION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL A NOMBRE DE MARIA CASTILLA GAMBOA
27 de setiembre de 2023
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR LA EXPEDICION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL A NOMBRE DE MARIA CASTILLA GAMBOA identificada con DNI 40517228, persona natural, con RUC 10405172289, para el establecimiento denominado "MULTISERVICIOS MICKY MOUSE", cuya vigencia es INDETERMINADA, siendo el GIRO COMERCIAL "BODEGA" (venta al por menor de alimentos en comercios especializados y otros). Con un horario de 6:00 am. Hasta las 22:00 horas; dicho establecimiento comercial se encuentra situado en la calle 02 Mz "L" lote - 02 S/N del Centro Poblado de Sirenachayocc - distrito de Manitea - provincia de la Convención - departamento Cusco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución se debe tener en cuenta las siguientes obligaciones:
La presente Licencia solo le faculta a desarrollar las actividades señaladas en su solicitud El original de la Licencia de Funcionamiento debe ser colocado en un lugar visible del establecimiento.
La copia no tiene validez para efectos de fiscalización.
Si decide no continuar con su negocio, debe informar por escrito a la Municipalidad bajo responsabilidad, con la finalidad de que se deje sin efecto (cese) la Licencia de Funcionamiento. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Ley N O 28976 y las obligaciones vigentes.
ARTICULO SEGUNDO.- : NO SE AUTORIZA y ESTÁ PROHIBIDO ampliar horario, modificación 0 cambio de giro, reducción y/o ampliación de área, ocupar la vía pública con fines comerciales, consumir bebidas alcohólicas dentro del establecimiento cuando el giro comercial no lo permite, colocar anuncios de publicidad exterior sin contar con la respectiva autorización municipal.
ARTICULO TERCERO.- REQUERIR al administrado el cumplimiento de las obligaciones dispuestas, siendo que su inobservancia conlleva a la REVOCATORIA de la Licencia de Funcionamiento y la correspondiente CLAUSURA del establecimiento comercial, sin perjuicio de ser el caso de las acciones n legales que hubiera a lugar.
ARTICULO CUARTO.- ESTABLECER que, el titular de la Licencia de Funcionamiento o representante del mismo, se encuentre en la obligación de EXHIBIR en el lugar visible el formato Original de la Licencia de Funcionamiento otorgada, cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias por conceptos de arbitrios municipales.
ARTICULO QUINTO.- : ENCARGAR a la unidad de Licencias y Comercialización, la notificación de la presente resolución, Licencia de Funcionamiento Municipal y autorización, asimismo el cumplimiento de la presente, para las acciones de su competencia, siendo que el otorgamiento de la presente no exime de las acciones de FISCALIZACIÓN que pueda disponer la Administración Municipal y Tributaria respectivamente.
ARTICULO SEXTO.- CONSIGNAR la Licencia de Funcionamiento Municipal, en el Padrón de la Unidad de Licencia y Comercialización
ARTICULO SEPTIMO.- : NOTIFIQUESE al administrado con la presente Resolución para su CUMPLIMIENTO y CONOCIMIENTO, así también a la Unidad de Licencias y Comercialización, Informática e Imagen Institucional, para su conocimiento.
ARTICULO OCTAVO.- Encargar a la unidad de Informática, imagen institucional que, la presente resolución sea publicado en el portal web de la municipalidad distrital de Manitea.
ARTICULO SEGUNDO.- : NO SE AUTORIZA y ESTÁ PROHIBIDO ampliar horario, modificación 0 cambio de giro, reducción y/o ampliación de área, ocupar la vía pública con fines comerciales, consumir bebidas alcohólicas dentro del establecimiento cuando el giro comercial no lo permite, colocar anuncios de publicidad exterior sin contar con la respectiva autorización municipal.
ARTICULO TERCERO.- REQUERIR al administrado el cumplimiento de las obligaciones dispuestas, siendo que su inobservancia conlleva a la REVOCATORIA de la Licencia de Funcionamiento y la correspondiente CLAUSURA del establecimiento comercial, sin perjuicio de ser el caso de las acciones n legales que hubiera a lugar.
ARTICULO CUARTO.- ESTABLECER que, el titular de la Licencia de Funcionamiento o representante del mismo, se encuentre en la obligación de EXHIBIR en el lugar visible el formato Original de la Licencia de Funcionamiento otorgada, cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias por conceptos de arbitrios municipales.
ARTICULO QUINTO.- : ENCARGAR a la unidad de Licencias y Comercialización, la notificación de la presente resolución, Licencia de Funcionamiento Municipal y autorización, asimismo el cumplimiento de la presente, para las acciones de su competencia, siendo que el otorgamiento de la presente no exime de las acciones de FISCALIZACIÓN que pueda disponer la Administración Municipal y Tributaria respectivamente.
ARTICULO SEXTO.- CONSIGNAR la Licencia de Funcionamiento Municipal, en el Padrón de la Unidad de Licencia y Comercialización
ARTICULO SEPTIMO.- : NOTIFIQUESE al administrado con la presente Resolución para su CUMPLIMIENTO y CONOCIMIENTO, así también a la Unidad de Licencias y Comercialización, Informática e Imagen Institucional, para su conocimiento.
ARTICULO OCTAVO.- Encargar a la unidad de Informática, imagen institucional que, la presente resolución sea publicado en el portal web de la municipalidad distrital de Manitea.