Resolución de Alcaldía N.° 26-2023-MDM-ALC
DELEGAR FACULTADES a la Gerencia Municipal, respecto a las funciones del despacho de Alcaldía que a continuación se detallan, por lo que podrá emitir los actos administrativos o de administración
12 de enero de 2023
DELEGAR FACULTADES a la Gerencia Municipal, respecto a las funciones del despacho de Alcaldía que a continuación se detallan, por lo que podrá emitir los actos administrativos o de administración correspondiente:
1. ATRIBUCIONES DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES:
1.1 Las establecidas en los numerales 1, 3, 15, 19, 23, 25 y 33 del Artículo 20° d e la ley 27972- Ley Organiza de Municipalidades.
1.2 Proponer al Concejo los Proyectos de Ordenanza y Acuerdos de Concejo, que surjan como iniciativa de los Órganos de Línea, Asesoría y Apoyo.
1.3 Dirigir la ejecución de planes de Desarrollo Municipal.
1.4 Proponer al Concejo Municipal la realización de auditoria, exámenes especiales y otros actos de control.
1.5 Proponer al Concejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias, que surjan de la iniciativa de los Órganos d e Línea.
1.6 Atender y resolver los pedidos que formule las organizaciones vecinales, de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo Municipal.
1. ATRIBUCIONES DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES:
1.1 Las establecidas en los numerales 1, 3, 15, 19, 23, 25 y 33 del Artículo 20° d e la ley 27972- Ley Organiza de Municipalidades.
1.2 Proponer al Concejo los Proyectos de Ordenanza y Acuerdos de Concejo, que surjan como iniciativa de los Órganos de Línea, Asesoría y Apoyo.
1.3 Dirigir la ejecución de planes de Desarrollo Municipal.
1.4 Proponer al Concejo Municipal la realización de auditoria, exámenes especiales y otros actos de control.
1.5 Proponer al Concejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias, que surjan de la iniciativa de los Órganos d e Línea.
1.6 Atender y resolver los pedidos que formule las organizaciones vecinales, de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo Municipal.
