Resolución de Alcaldía N.° 081-2025-MDM-ALC.
17 de junio de 2025
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. - IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Américo Smith Quevedo Paima, identificado con DNI N° 00026031, contra la Resolución de Alcaldía N° 059-2025-MDM-ALC, de fecha 25 de abril de 2025, al no haberse presentado nueva prueba que sustente su solicitud, conforme a lo previsto en el artículo 219° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en atención a los argumentos esgrimidos en el contenido de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO. – TÉNGASE POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con el artículo 228°, numeral 228.2, literal a) del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO PRIMERO. - IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Américo Smith Quevedo Paima, identificado con DNI N° 00026031, contra la Resolución de Alcaldía N° 059-2025-MDM-ALC, de fecha 25 de abril de 2025, al no haberse presentado nueva prueba que sustente su solicitud, conforme a lo previsto en el artículo 219° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en atención a los argumentos esgrimidos en el contenido de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO. – TÉNGASE POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con el artículo 228°, numeral 228.2, literal a) del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Esta norma pertenece al compendio Normativas