Resolución de Alcaldía N.° 0075-2017-MDM
6 de abril de 2017
ESTABLECER, El agravio que produce a la legalidad administrativa y al interés público el hecho de haber otorgado las Esquelas de Atención Nro. 0354-2013/PS-SGFYTP/MDM y Nro. 431-2014/PS-SGFYTP y la Constancia de Posesión Nro. 031-2014-MODULO-E-SGFYTP-MDM, las mismas que siguen desplegando sus efectos jurídicos procurando a los administrados en derecho que no les asiste conforme a ley, puesto que el Lote ubicado en Ciudad Majes, Módulo E, Sector 2, Manzana F-3, Lote 09 fue declarado revertido mediante Ordenanza Nro. 09-2013-MDM de fecha 19 de julio del 2013, y que la Constancia de Posesión Nro. 031 -2014-MODULO-E-SGFYTP-MDM fue expedida ¡(regularmente, dado que conforme al artículo 37 de la Ordenanza Nro. 003-2013 el administrado debía acreditar posesión antes del 25 de noviembre del 2010, considerando que por Informe Nro. 031-2014-MODULO E-SGFYTP-MDM del 2013 el predio se encontraba vació a ese año
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