Ordenanza Municipal N.° 00016-2004-MDM

27 de setiembre de 2004

ESTABLECER como sanción administrativa extraordinaria, la sanción de tapiado, que se aplicará a los establecimientos que se encuentren ejerciendo actividades contrarias a las disposiciones legales y municipales; contra la moral y las buenas costumbres y/o; contra la tranquilidad y la salud pública.

Esta norma pertenece al compendio Ordenanzas Municipales

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