Ordenanza Municipal N.° 00014-2006-MDM

11 de mayo de 2006

DISPONER que todos los propietarios de inmuebles, ubicados en las calles y/o avenidas que cuenten con los servicios de agua y desagüe, cuyas vías carezcan de asfalto; ejecuten su conexión domiciliaria dentro del plazo efe 30 días, de publicada la ordenanza, sin necesidad de contar con la autorización de apertura de zanjas.

Esta norma pertenece al compendio Ordenanzas Municipales

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