Ordenanza Municipal N.° 278-2014-ML
8 de marzo de 2014
ESTABLÉZCASE,un Beneficio Tributario por única vez a todos los contribuyentes del Distrito de Lurín, afectos a la tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública,Parques y Jardines y Serenazgo, cuyos predios son destinados a Uso de Casa Habitación.