Ordenanza Municipal N.° 310-2016-ML
29 de enero de 2016
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza es de orden público e interés general y tiene por objeto preservar el ornato del distrito, el respeto de los entornos saludables así como la armonía urbanística del distrito de Lurín, adecuando y estableciendo para ello las normas que regulen la propaganda electoral que deben cumplir los partidos políticos, las organizaciones políticas,movimientos políticos, alianzas políticas y listas independientes dentro de la jurisdicción distrital de Lurín , dentro del marco de la Ley Orgánica de Elecciones - Ley N° 26859,la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y el Reglamento sobre Propaganda Electoral aprobado por Resolución N° 0304-2015-JNE