Decreto de Alcaldía N.° 003-2024-ML
30 de mayo de 2024
PRECISAR, que la actividad de realizar espectáculos pirotécnicos sin autorización de la SUCAMEC o la autoridad municipal competente; y la actividad de uso de material detonante o de flagrante sin autorización municipal, son actividades prohibidas en el distrito de Lurín, en aplicación de la Ordenanza Municipal N.° 492-2024/MDL.