2da Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas 2024
Que, mediante la Ley N.º 31433, Ley que modifica la Ley N.º 27972, se incorpora el artículo 119-Aº a la Ley Orgánica de Municipalidades, estableciendo que, las audiencias públicas constituyen mecanismos de redición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos; asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal.
Tu participación es importante para conocer los logros, dificultades, acciones y gestiones del actual Gobierno Municipal.
Tu participación es importante para conocer los logros, dificultades, acciones y gestiones del actual Gobierno Municipal.