🚨🚨𝐎rdenanza 𝐌unicipal 𝐍° 𝟎𝟎𝟏-𝟐𝟎𝟐𝟒-𝐌𝐃𝐋 🚨🚨
Nota Informativa
12 de febrero de 2024 - 12:09 p. m.
La presente ordenanza municipal tiene por objetivo principal, generar las condiciones favorables para los turistas nacionales y extranjero, evitando que los prestadores de servicio turístico realicen acciones de comercialización y/o promoción de servicio propios de forma ambulatoria en espacios públicos. En ese sentido la presente ordenanza se aplica a las personas naturales y/o jurídicas que prestan servicios Agencia de Viaje y Turismo, Restaurantes, Establecimientos de Hospedaje dentro de la jurisdicción.
𝐀𝐑𝐓𝐈𝐂𝐔𝐋𝐎 𝟕° – 𝐒𝐔𝐏𝐄𝐑𝐕𝐈𝐒𝐈𝐎́𝐍
La Municipalidad Distrital de Lunahuaná, a través de la Sub-Gerencia de Fiscalización Administrativa, establecerá y aplicará los mecanismos de controles necesarios para supervisar de oficio o inopinadamente a los establecimientos en mención.
𝐀𝐑𝐓𝐈𝐂𝐔𝐋𝐎 𝟖° - 𝐒𝐀𝐍𝐂𝐈𝐎𝐍𝐄𝐒
De conforme al Artículo 46° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, así como lo establecido en la Ordenanza Municipal N°005-2023-A/MDL, se aplicara las sanciones según corresponda en cada caso.
Se agradece su difusión / Unidad de Imagen Institucional