Conciliación
Nota de prensa
9 de enero de 2020 - 12:00 p. m.
Es una entidad que tiene por objeto ejercer la función conciliadora conforme a ley constituido por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante la Ordenanza N° 1925 de fecha 23 de diciembre de 2015, con la finalidad de ejercer la función conciliadora, su funcionamiento es autorizado por el MINJUS mediante la Resolución Directoral N° 0520-2016-JUS/DGDP-DCMA de fecha 14 de abril de 2016 contando con las condiciones adecuadas para garantizar la calidad e idoneidad del servicio conciliatorio.
¿Cuál es el objetivo del servicio?
El objetivo del Centro de Conciliación Extrajudicial de la Municipalidad Metropolitana de Lima es brindar el servicio de conciliación extrajudicial a los vecinos de Lima Cercado.
Costos
Derecho a trámite | Soles
Conflictos Vecinales | Gratuito
Conflictos Familiares(Descuento 50% a residentes del resida en el distrito del Cercado de Lima) | S/.80.00
Conflictos Civiles | Desde S/.150.00 hasta S/.240.00 de acuerdo a cada caso.
Copias Certificadas | S/.5.00
Conflictos Vecinales | Gratuito
Conflictos Familiares(Descuento 50% a residentes del resida en el distrito del Cercado de Lima) | S/.80.00
Conflictos Civiles | Desde S/.150.00 hasta S/.240.00 de acuerdo a cada caso.
Copias Certificadas | S/.5.00
Base legal:
– Ley N° 26872 – Ley de Conciliación mediante Decreto Legislativo N° 1070 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2008-JUS.
– Resolución Directoral N° 069 – 2016-JUS/DGDP.
¿Cómo accedo a este servicio?
Solicitud escrita de conciliación extrajudicial con la firma y huella digital del solicitante, pidiendo la conciliación de acuerdo a la materia requerida por el usuario (conflicto vecinal, familiar ó civil).
Presentación de copia simple del documento de identidad del solicitante y documentos que acredite el pedido materia de la conciliación extrajudicial.
Pagar derecho de trámite.
¿Cuál es el horario y lugar de atención?
Dirección: 6 de Agosto n.° 856, Jesús María.
Horarios de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Teléfono: 632-2049 / 632-2048 / 632-2015.
¿A quién va dirigido?
- A los solicitantes que requieran el servicio de conciliación extrajudicial.
¿Dónde se inicia el Procedimiento?
- Se inicia con la presentación de la Solicitud de la conciliación extrajudicial en el Departamento de Divorcios y Conciliaciones
¿Quién es el responsable de brindar el servicio?
- Subgerente de Actos Matrimoniales y Conciliaciones.