Acuerdo de Concejo N.° 462 14.12.22

14 de diciembre de 2022

Ratificar la Ordenanza N° 417-MDPP, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Puente Piedra, con una variación del 9.15%, con relación al año 2022, pero que según la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 417-MDPP se establece un tope de incremento solo hasta el 5% para el año 2023, en comparación con las tasas determinadas en el ejercicio 2022 que trasladarán a los contribuyentes respecto de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos y Parques y Jardines; asimismo para el caso del servicio de Serenazgo se dispone un tope de incremento solo hasta el 4% para predios con Uso "Casa Habitación" y el 5% para "Otros Usos".



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