Resolución de la Oficina de Administración N.° 126-2022-GAF/MLV
23 de junio de 2022
RECONOCER a favor del Sr. DANIEL ALZAMORA YUPANQUI, como crédito devengado la deuda por pago de vacaciones truncas, por el periodo comprendido desde el 09 de abril del 2015 al 20 de enero del 2017, por el monto de S/. 3,122.22 (Tres Mil Ciento Veintidós con 22/100 Soles) asimismo, se debe considerar el aporte del empleador a ESSALUD por el monto de S/ 186.30 (Ciento Ochenta y Seis con 30/100 soles), tal como se advierte en el siguiente cuadro.