Decreto de Alcaldía N.° 004-2025-MPL/CM

DECRETO DE ALCALDIA QUE APRUEBA CONVOCAR A ELECCIONES PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL DE LAURICOCH

1 de setiembre de 2025

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAURICOCHA, EN LA FECHA, HA EXPEDIDO EL SIGUIENTE DECRETO:
VISTO:
El INFORME N° 366-2025-MPL-OPP/RPM de fecha 29 de agosto del 2025, donde solicita la conformación del concejo de coordinación local provincial para el periodo de setiembre del 2025 a setiembre 2027

CONSIDERANDO:

Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley N°27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que los artículos 197 y 199 de la constitución política del Perú, modificada mediante la ley número 27680, que aprueba la reforma constitucional, en la cual establece que el coma la municipalidad promueve, apoya y reglamenta la participación vecinal en el desarrollo local, además de formular sus presupuestos con la participación de la población;

Que mediante Ley N°27783 se aprobó la Ley de Bases de Descentralización, estableciendo en el numeral 1) de su artículo 17°, señala que; los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación de debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública;

Que el artículo 98° de la Ley N° 27972, El Consejo de Coordinación Local Provincial es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Provinciales. Está integrado por el Alcalde Provincial que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores provinciales; por los Alcaldes Distritales de la respectiva jurisdicción provincial y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales, universidades, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel provincial, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley. La proporción de los representantes de la sociedad civil será del 40% (cuarenta por ciento) del número que resulte de la sumatoria del total de miembros del respectivo Concejo Municipal Provincial y la totalidad de los Alcaldes Distritales de la jurisdicción provincial que corresponda. Los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un período de 2 (dos) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel provincial, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Provincial.
SE DECRETA:

ARTICULO PRIMERO. - CONVOCAR A ELECCIONES PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAURICOCHA, PARA EL PERIODO SETIEMBRE 2025 A SETIEMBRE 2027, conforme a la normativa vigente y aplicable.

ARTICULO SEGUNDO. - APROBAR el Cronograma de Elecciones para elegir a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial en la Municipalidad Provincial Lauricocha periodo setiembre 2025 a setiembre 2027, conforme se detalla a continuación:

| Cronograma Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Provincial período setiembre 2025 a setiembre 2027
| ACTIVIDAD | FECHA
| Inscripción de delegados electores vía mesa de partes de la Municipalidad Provincial de Lauricocha (Palacio Municipal) de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. | 01 al 05 de setiembre de 2025
| Publicación de Padrón de delegados y candidatos inscritos Hábiles en el Portal Web Institucional y Palacio Municipal. | 08 de setiembre de 2025
| Evaluación de requisitos y elección en acta a los representantes de la sociedad civil al CCL Provincial | 10 de setiembre de 2025
| Acreditación y Juramentación de los representantes de la sociedad civil al CCL Provincial | 15 de setiembre de 2025


ARTICULO TERCERO. – DESIGNAR a los miembros del Comité Electoral, quiénes estarán a cargo de la conducción y desarrollo del proceso de elección de representantes de la Sociedad Civil ante el consejo de Coordinación Local Provincial de la Municipalidad Provincial Lauricocha, quedando conformado de la siguiente:

| | CARGO | UNIDAD ORGÁNICA | CONDICIÒN
| 1 | PRESIDENTE | GERENCIA MUNICIPAL | TITULAR
| 2 | SECRETARIO | OFICINA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO | TITULAR
| 3 | VOCAL | OFICINA DE ASESORIA JURIDICA | TITULAR


ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificación y Presupuesto y unidades orgánicas competentes como la realización de las acciones correspondientes con dichas áreas o a las que hagan sus veces para la difusión y cumplimiento del presente Decreto, a efectos que brinde la asistencia técnica de la organización y ejecución de todo el proceso electoral, sujeto a la ley.

ARTÍCULO QUINTO. - DISPONER a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente decreto de Alcaldía, la Unidad de Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional.

ARTÍCULO SEXTO. - el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el mismo día de su publicación.

ARTÍCULO SEPTIMO. - DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición o norma que se oponga contravenga a los dispuestos en el Decreto de Alcaldía.

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