Ordenanza Municipal N.° 007-2025-MPL/CM

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS PUBLICAS EN LA PROVINCIA DE LAURICOCHA

12 de mayo de 2025

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo N° 09-2025-MPL/CM de fecha 09 de mayo del 2025, INFORME N° 224-2025-MPL-OPP/RPM lo cual solicita la aprobación el reglamento para el desarrollo de audiencias públicas en la provincia de Lauricocha; y
CONSIDERANDO. –

Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y sus modificaciones por Ley de Reforma Constitucional Ley N° 30305 expresa que: "Las Municipalidades Provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia" Concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades., que establece Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia", Ergo la autonomía que la Constitución otorgas a las municipalidades, radica en las facultades de ejercer actos de gobierno administrativa y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico.
(...)

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9" Inc. 8) de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial por UNANIMIDAD de los señores regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación de ACTA se aprobó la siguiente

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS PUBLICAS EN LA PROVINCIA DE LAURICOCHA
Artículo Primero. - APROBAR el Reglamento para el desarrollo de Audiencias Públicas en la provincia de Lauricocha, compuesto por VI Títulos y 24 artículos y 02 Disposiciones Complementarias, que forman parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Social y Económico, Oficina de Administración y Finanzas, y demás áreas pertinentes, el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes.

Artículo Cuarto. - DEROGAR la Ordenanza Nº 08-2025-MPL, de fecha 20 de mayo de 2024 y dejar sin efecto todas las disposiciones internas que se opongan a la presente Ordenanza.

Artículo Quinto. - ENCARGAR a la Secretaría General realizar las gestiones pertinentes para la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Lauricocha.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Esta norma pertenece al compendio MPL - ORDENANZAS MUNICIPALES (Lauricocha)

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