Ordenanza Municipal N.° 008-2015-MPL/CM
ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHIBE LA CRIANZA DE ANIMALES DOMESTICOS EN LA VIA PÚBLICA DE LA ZONA URBANA DE LAS CAPITALES DE LOS SIETE DISTRITOS DE LA PROVINCIA LAURICOCHA
20 de julio de 2015
ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHIBE LA CRIANZA DE ANIMALES DOMESTICOS EN LA VIA PÚBLICA DE LA ZONA URBANA DE LAS CAPITALES DE LOS SIETE DISTRITOS Y LOS CENTROS POBLADOS DE LA PROVINCIA LAURICOCHA.
"ARTICULO CUATRO.- Mediante la presente ordenanza municipal queda determinantemente prohibida la crianza de ganado vacuno, ovino, porcino, aves, equinos, caninos y otros animales con fines comerciales en la vía publica y en el casco urbano de los Centros Poblados y capitales de los distritos de la provincia de Lauricocha."
"ARTICULO CUATRO.- Mediante la presente ordenanza municipal queda determinantemente prohibida la crianza de ganado vacuno, ovino, porcino, aves, equinos, caninos y otros animales con fines comerciales en la vía publica y en el casco urbano de los Centros Poblados y capitales de los distritos de la provincia de Lauricocha."
Esta norma pertenece al compendio MPL - ORDENANZAS MUNICIPALES (Lauricocha)