Resolución de Administración N.° 067-2025-MDLP/OGA

10 de junio de 2025

INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD) contra la servidora , por presuntamente incurrir en falta disciplinaria establecida y tipificada en el literal c) del artículo 85° de la Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil, en concordancia con el inciso j) del artículo 16° de la Ley N° 28175 – Ley Marco del Empleo Público; en este caso, por el faltamiento de palabra contra el personal jerárquico, Gerente de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal y, a la vez, por haber incurrido en actos de violencia física en contra de su compañero de labor y/o trabajo, conforme a los Considerandos expuestos en la presente Resolución.

*Publicación Acorde a las disposiciones de la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento.

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