Ordenanza Municipal N.° 09-2024-MDLM
ORDENANZA MUNICIPAL NO 09-2024-MDLM
10 de mayo de 2024
Primera.- La Gerencia Obras; Desarrollo Urbano y Rural, o la que haga sus veces, Podrá emitir disposiciones complementarias para la efectiva aplicación e Implementación de la presente ordenanza.
Segunda.- Exclusiones
Segunda.- Exclusiones
Los vehículos excluidos del ámbito de aplicación de la presente ordenanza son los siguientes: los vehículos menores, vehículos de transporte público, transporte privado (camionetas) y vehículos menores a 25 ton en cumplimiento de sus funciones, los vehículos oficiales, policiales y diplomáticos; los que brinden servicio de transporte público debidamente autorizado (servicio de transporte público regular, taxi, de personal, de escolares, transporte turístico y de carga), carrozas fúnebres, grúas, vehículos oficiales de auxilio y otros que sean determinados por resolución de la autoridad competente, señalado en el Artículo 4 de la presente ordenanza. Queda exceptuado, además, todo tipo de vehículo oficial acreditado,
Los vehículos cuya circulación se encuentra restringida en la presente Ordenanza, y cuyos propietarios domicilien en los ejes viales indicados en el Anexo, tendrán facilidades de ingreso y salida al domicilio del propietario en un rango de Santa Rosa de Baden, Molope y Huamuco y la Morada. El domicilio se acreditará con el documento nacional de identidad, carné de extranjería o licencia de conducir correspondiente.
Tercera.- Periodo de implementación
La entrada en vigencia de la presente ordenanza, dará inicio a un Periodo Educativo, a través del cual la Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural y/o entidades encargadas, informaran a los presidentes de caseríos y localidades del distrito de la Morada sobre concientizar a la población de sus zonas, respecto a los criterios, condiciones, etapas, plazos, horarios y demás términos desarrollados en la presente ordenanza.
El periodo de orientación iniciara el 17 de Junio y culminara el 21 de Junio del presente
Cuarta.- Infracciones y sanciones
Finalizado el Periodo de orientación, las infracciones y sanciones aplicables al incumplimiento de las restricciones viales del distrito de la Morada planteadas en la presente ordenanza, serán aplicadas a los pobladores o empresas infractoras a través de notificaciones. Las sanaciones serán las siguientes:
4 Quinta.- Evaluación permanente
Las medidas establecidas en la presente ordenanza estarán sujetas a evaluación ensual permanente en la medida que constituye un proyecto piloto.