Prohiben colocar toldos en la via publica

Nota de prensa

24 de mayo de 2016 - 12:00 a. m.

La Ordenanza Municipal N° 025-MPL de fecha 30 de octubre del 2015 sanciona en su Artículo 44° cuadro de Infracciones y Sanciones, instalar toldos en la vía pública, como una infracción grave y una multa del 30% de la UIT vigente a la fecha, equivalente a S/1,155 soles y como medida complementaria el retiro del toldo instalado.

Asimismo esta prohibición también se encuentra establecida en el Artículo 24° del Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, donde menciona que las avenidas y calles de la ciudad deben estar completamente libres y no se le debe dar otro uso que no sea para el tránsito vehicular y peatonal.

Con toda la base legal pertinente, la Gerencia de Servicio Públicos hace de conocimiento a la población lambayecana que desde el 23 de febrero del presente año no se otorga permisos para la instalación de toldos en la vía pública.

“Este tipo de permisos generan desorden en la ciudad, ingesta de licor, consumo de drogas, pleitos callejeros y en muchos de los casos la vía pública se convierte en urinarios, así como se perturba la tranquilidad del vecindario con la contaminación sonora que generan hasta altas horas de la madrugada”, indicó el gerente de Servicios Públicos, Abog. Manuel Duárez Delgado.

Es preciso señalar que el Área de Serenazgo y la Subgerencia de Fiscalización Administrativa serán los responsables de dar cumplimiento a dicha ordenanza municipal.