Resolución de Gerencia N.° 0287-2024RG

9 de octubre de 2024

Artículo primero: declarar fundada en parte, el recurso de apelación interpuesto por Leyser Jhames Carhuajulca Roque con RUC N°10444056105 en contra del otorgamiento de la Buena Pro del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada AS-SM-17-2024-MPL/CS-1, en el extremo que, el adjudicatorio no ha tomado en cuenta la capacidad de medida de la Cisterna (20 m3), acorde a lo que disponme la Ley N°23560, la cual establece que las unidades del Sistema internacional (SI) son reconocidas en nuestro país; por tanto se estaría incumpliendo con su capacidad liquida, requisito exigido en las bases integradas del presente procedimiento; en consecuencia; declarar la nulidad de oficio del procedimiento de selección adjudicación simplificada AS-SM-17-2024-MPL/CS-1 para la contratación de "servicio de alquiler de camión cisterna para abastecimiento de agua potable de los caseríos y centros poblados del Distrito de Lambayeque", por la causal prevista de contravención a las normas legales, en mérito a los fundamentos expuestos.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia - 2024

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RG0287-2024

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