Publican ordenanza municipal que regula la tenencia responsable de animales de compañía
Nota de prensaCriadores de canes potencialmente peligrosos tienen 30 días para realizar trámites de Autorización y Registro Municipal

Fotos: RRPP
10 de junio de 2022 - 5:30 p. m.
La Municipalidad Provincial de La Convención mediante Ordenanza Municipal Nº 022-2022-MPLC/A, dispuso medidas legales jurisdiccionales sobre la Tenencia Responsable de Animales de Compañía en el ámbito del distrito de Santa Ana.
Conforme señala, el Artículo Quinto, la Ordenanza tiene el objeto de “Regular el régimen municipal de la tenencia responsable de animales de compañía… promoviendo y fomentando la tenencia responsable de canes y felinos con el propósito de preservar la seguridad, integridad física y tranquilidad de los vecinos; estableciendo parámetros armonizados de convivencia con animales respetando derechos con el propósito de proveer bienestar y calidad de vida..”, del mismo modo, en sus objetivos específicos señala “Garantizar el respeto a los animales domésticos, orientado a erradicar toda acción que produzca dolor, maltrato, sufrimiento y todo acto de crueldad”, “ Sancionar administrativamente a quienes maltraten y/o mantengan en condiciones inadecuadas y/o causen dolor o sufrimiento a los animales domésticos…”, entre otros.
Referente a las Obligaciones y Prohibiciones para la Tenencia de Animales de Compañía, el responsable criador de canes y felinos debe acreditar mayoría de edad para registrar a su mascota ante la Municipalidad Provincial de La Convención en un plazo de 90 días, a partir de la publicación de la Ordenanza, con el que podrá conducir al animal con su identificación consistente en una placa y carné otorgado por la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, del mismo modo la mascota deberá portar equipos de seguridad consistente en correas, pecheras y bozal si el animal es denominado como peligroso al momento del registro, en este último caso el plazo de registro es de 30 días, por tratarse de canes potencialmente peligrosos.
Las mascotas podrán ser inscritos a partir de los tres meses de vida cuyo Documento de identidad de Canino o Felino tendrá una vigencia de tres años.
Del mismo modo la Ordenanza hace referencia a los canes que causen accidentes como mordeduras y lesiones a una persona u otro animal la División de Fiscalización, Evaluación Ambiental y Vigilancia Sanitaria en coordinación con la autoridad de Salud ejecutará el protocolo asignado en las normas técnicas de salud vigentes. De existir responsabilidad del criador en el mal manejo y crianza del animal que haya condicionado o permitido el accidente de mordida y lesiones se procederá con el inicio del procedimiento administrativo sancionador, cuyas infracciones se tipifican en faltas leves, graves y muy graves, con multas desde el 10 % de una UIT, 30 % de una UIT, hasta 50 % de una UIT, respectivamente.
Están excluidas de la aplicación de la presente Ordenanza las especies de fauna silvestre, especies domésticas de granja y/o producción, animales de experimentación con reglamento específico y caninos perteneciente a las Fuerzas Armadas, Cuerpo de Bomberos, Fuerzas de Seguridad, Equipos de Rescate y Empresas de Seguridad autorizadas
La Ordenanza Municipal consta de 11 Capítulos y 40 artículos, adecuada al Marco Jurídico Nacional Ley Nº 30407 Ley de Protección y Bienestar Animal. Ley Nº 27596 Ley que Regula el Régimen Jurídico de Canes y Reglamento aprobado según Decreto Supremo Nº 006-2002-SA. La misma que fue aprobada en Sesión de Concejo Municipal del 24 de mayo del presente año, a raíz de la Propuesta de Ordenanza presentada por el Regidor Jorge Vivanco Palanta.
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