Resolución de Alcaldía N.° 522-2025-MPLC/A

17 de setiembre de 2025

DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de EXCEPCIÓN A LA RESTRICCIÓN DE NO SUBDIVIDIR, VENDER O TRANSFERIR UN PREDIO ADJUDICADO ANTES DE LOS 5 AÑOS, considerado en los extremos contenidos en la Cláusula Octava del Título de Propiedad N° 098-2023-MPLC/A, y en el Asiento 03 de la Partida N° 11042417 de la Oficina Registral Quillabamba, del predio ubicado en el Lote N° 7 de la Manzana “N” de la Asociación de Vivienda Jorge Basadre del Distrito de Santa Ana, Provincia de La Convención, Departamento de Cusco, presentada por la administrada JULIA SALAS LAUREL identificada con DNI N° 24946642, en mérito a la restricción de transferencia respecto a los predios adjudicados a título gratuito, los mismos que no pueden ser transferidos por periodo de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Predios, salvo que fuera ordenada mediante mandato judicial, conforme lo señalan los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7° del Reglamento de la Ley N° 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización; y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
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