Decreto de Alcaldía N.° 007-2024-MDL/A
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2024-MDL/A
26 de agosto de 2024
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL OBLIGATORIO DEL DISTRITO DE LABERINTO, con la Bandera Regional; a partir del 01 al 08 de septiembre del presente año, en conmemoración de la celebración del Trigésimo Aniversario de Creación Política del Distrito de Laberinto.
Artículo Segundo.- DISPONER que las viviendas, instituciones públicas, privadas y establecimientos comerciales de la jurisdicción del Distrito de Laberinto, estén debidamente presentados con la limpieza y pintado de los mismos, a fin de dar una adecuada y armónica presentación, con motivo de celebrar el Trigésimo Aniversario de la Creación Política del Distrito de Laberinto.
Artículo Tercero.- EL INCUMPLIMIENTO de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía dará lugar a las sanciones correspondientes.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás órganos
competentes, efectuar los trámites que correspondan para el cumplimiento del presente
Decreto; ENCARGAR a la Sub-gerencia de Desarrollo Económico y Social de la
Municipalidad Distrital de Laberinto su adecuada difusión.
Artículo Quinto.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Laberinto.
Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL OBLIGATORIO DEL DISTRITO DE LABERINTO, con la Bandera Regional; a partir del 01 al 08 de septiembre del presente año, en conmemoración de la celebración del Trigésimo Aniversario de Creación Política del Distrito de Laberinto.
Artículo Segundo.- DISPONER que las viviendas, instituciones públicas, privadas y establecimientos comerciales de la jurisdicción del Distrito de Laberinto, estén debidamente presentados con la limpieza y pintado de los mismos, a fin de dar una adecuada y armónica presentación, con motivo de celebrar el Trigésimo Aniversario de la Creación Política del Distrito de Laberinto.
Artículo Tercero.- EL INCUMPLIMIENTO de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía dará lugar a las sanciones correspondientes.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás órganos
competentes, efectuar los trámites que correspondan para el cumplimiento del presente
Decreto; ENCARGAR a la Sub-gerencia de Desarrollo Económico y Social de la
Municipalidad Distrital de Laberinto su adecuada difusión.
Artículo Quinto.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Laberinto.