Resolución de Alcaldía N.° 239-2025-MDLA/A

8 de agosto de 2025

DAR CUMPLIMIENTO, a la sentencia de la Resolución Diez (10), de fecha 2 de junio del 2025, recaída en el Expediente N° 00873-2023-0-2001-JR-LA-08, proceso que se lleva a cabo en el 4° Juzgado de Trabajo – Piura Subespecialidad NLPT, a favor del demandante SR. RAFAEL TABOADA MORE, en los seguidos contra la Municipalidad Distrital de La Arena, y en consecuencia respecto de las obligaciones de HACER, REQUIERASE a la demandada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ARENA, cumpla con RECONOCER, una relación laboral bajo el régimen laboral de la actividad privada por el periodo comprendido desde el 01 de febrero del 2019 al 31 de julio del 2019; desde el 01 de setiembre del 2019 al 31 de noviembre del 2019: y desde el 01 de enero del 2020 hasta diciembre del 2022 OTÓRGUESE a la demandada Municipalidad Distrital de La Arena el plazo de VEITE (20) días hábiles fin de que cumpla con lo ordenando en el considerando precedente debiendo informar a esta judicatura bajo apercibimiento de imponérsele multa ascendente a CINCO URP. en caso de incumplimiento por desobediencia al mandato judicial, sin perjuicio del doble pago que establece la ley. Y respecto a la obligación de DAR, suma de dinero: REQUIERASE a la demandada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ARENA, cumpla con CANCELAR la suma de S/. 21, 224.41 soles a favor del demandante por los conceptos de gratificaciones más bonificaciones extraordinarias: S/. 7,716.75 soles vacaciones, S/. 6,097.29, CTS S/. 3,980.37 soles y reintegro de remuneraciones: S/. 3,430.00 soles, más intereses legales, los que se liquidarán en ejecución de sentencia. Asimismo, PAGARLE el monto de S/. 800.00 soles por concepto de costos procesales más S/. 40.00 soles (correspondientes al 5%, destinado al Colegio de Abogados de Piura), (debiendo abonar a la cuenta del Colegio de Abogados de Piura, perteneciente a la caja Piura), teniendo en cuenta informe N° 271-2025.GPPYP/MDLA, de fecha 01 de agosto del 2025, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Programación y Presupuesto, que no cuenta con asignación presupuestal en el ejercicio fiscal 2025, y la recomendación realizada para ser considerados y/o en su defecto con mayores ingresos a partir del 03 de enero del 2026.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2023 - 2026

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RESOLUCION DE ALCALDIA N°239-2025

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