Resolución de Alcaldía N.° 316-2024-MDLA/A
12 de setiembre de 2024
DAR CUMPLIMIENTO, a la sentencia de la Resolución N.º 12 en el Expediente N.º 00904-2022-0-2001-JR-LA-05 de fecha 22 de agosto de 2024, proceso que se lleva a cabo en el 3º Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Piura, a favor del demandante Sr. JOSE DEL CARMEN SULLON SULLON, en los seguidos contra la Municipalidad Distrital de La Arena, programando el pago a favor del demandante la suma de S/. 300.00 soles, por costos procesales, us S/. 15.00 (5%) para el Colegio de Abogados de Piura (debiendo abonar a la cuenta del Colegio - Abogados de Piura, CTA N.º 110-01-2611125, CCI N.º 80103211001261112548, pertenecientes a Caja Piura), informando al despacho el referido abono. Teniendo como plazo máximo para el complimiento hasta el 23 de febrero del 2025. Conforme el procedimiento de pago establecido en el artículo 46º del D. S. N.º 011-2019-JUS (Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo), establece que la Entidad estatal tiene seis (06) meses como plazo máximo para pagar o programar el pago de la deuda, en concordancia con la Ley N.º 30137 (Ley que establece los criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales). * su reglamento, en caso de incumplimiento se podrá dar inicio a la ejecución forzada previsto en el artículo 713º y siguientes de Código Procesal Civil.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2023 - 2026