Ordenanza Municipal N.° 018-2025-MPJ-CM

ORDENANZA MUNICIPAL N° 018-2025-MPJ-CM

27 de marzo de 2025

ARTÍCULO 1° – APROBAR LA CAMPAÑA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS 2025 Aprobar la Campaña de Beneficios Tributarios 2025, cuyo objetivo es brindar facilidades a los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Junín en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2025, así como regular los beneficios de descuentos, la donación de mil (1,000) frazadas de 1 ½ plaza y el sorteo de equipos de cómputo y electrodomésticos para contribuyentes puntuales con deuda cero.

ARTÍCULO 2° – ALCANCE Establecer la prórroga del vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial, Vehicular y Arbitrios Municipales 2025, así como el procedimiento de descuento por pronto pago. Podrán acogerse personas naturales y jurídicas propietarias o poseedoras de predios urbanos, que actualicen voluntariamente su información tributaria.

ARTÍCULO 3° – FINALIDAD Regular el otorgamiento de beneficios por descuentos en arbitrios municipales y establecer el cronograma de pagos del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2025.

ARTÍCULO 4° – VIGENCIA La presente ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su aprobación hasta el 30 de septiembre de 2025.

ARTÍCULO 5° – DEFINICIONES PARA LA APLICACIÓN DE BENEFICIOS E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO Y AMNISTÍA TRIBUTARIA Establecer que los contribuyentes que posean predios de casa habitación y que al 01 de enero de 2025 no mantengan deudas tributarias por ejercicios anteriores, podrán acceder a un descuento del 50% sobre el insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio 2025, siempre que cancelen el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al contado y en un único abono. Asimismo, se otorga un descuento del 100% sobre los intereses moratorios, multas tributarias y pagos atrasados del Impuesto Predial, Vehicular y Arbitrios Municipales, siempre que el pago se realice hasta el 30 de septiembre de 2025.

ARTÍCULO 6° – OTROS DESCUENTOS Se otorgará un descuento del 100% sobre los intereses moratorios, multas tributarias y pagos atrasados del Impuesto Predial, Vehicular y Arbitrios Municipales (servicios de agua, alcantarillado y limpieza pública), siempre que el pago se realice hasta el 30 de septiembre de 2025.

ARTÍCULO 7° – ANULACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR DE SERVICIOS BÁSICOS DE AÑOS ANTERIORES Disponer la anulación total de las cuentas por cobrar correspondientes al año 1999, por concepto de servicios básicos de agua, desagüe y limpieza pública, cuyo importe asciende a S/ 2,273.50, conforme a lo establecido en la presente ordenanza.

ARTÍCULO 8° – INCENTIVOS POR PRONTO PAGO DE ALQUILERES DE PUESTOS Y TIENDAS MUNICIPALES Otorgar un descuento del 10% sobre el importe total anual de los alquileres de tiendas, puestos de venta, servicios higiénicos y demás espacios administrados por la Municipalidad Provincial de Junín, siempre que el contribuyente realice la cancelación total anual hasta el 30 de septiembre de 2025.

ARTÍCULO 9° – DE LOS ESTÍMULOS Y LA DONACIÓN Disponer la entrega de una (01) frazada de 1 ½ plaza como estímulo y donación a los primeros mil (1,000) contribuyentes que cancelen la totalidad de su deuda correspondiente al Impuesto Predial, Vehicular, Arbitrios Municipales y alquileres, durante el ejercicio fiscal 2025. Este beneficio se otorgará hasta agotar el stock programado, exceptuando a los pensionistas y adultos mayores acogidos a la Ley N.º 30490 – Ley de la Persona Adulta Mayor. La donación será realizada por la Municipalidad Provincial de Junín, conforme al siguiente detalle: frazadas de 1 ½ plaza, unidad, cantidad: 1,000, destinadas exclusivamente a contribuyentes con condición de deuda cero.

ARTÍCULO 10° – DEL ÚNICO SORTEO Y LA DONACIÓN EN LA CAMPAÑA TRIBUTARIA 2025 Convocar el único sorteo público denominado “Premio al Contribuyente – Deuda Cero 2025”, con el objetivo de incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que hayan cancelado la totalidad de su deuda correspondiente al Impuesto Predial, Vehicular, Arbitrios Municipales y alquileres, incluidos años anteriores.

El sorteo se realizará el lunes 22 de diciembre de 2025 a las 10:00 a.m., en acto público, en el frontis de la Municipalidad Provincial de Junín, ubicado en la Plaza de Armas, con la presencia de un juez de paz y/o fedatario, quienes garantizarán la legalidad del evento.

Los premios a otorgarse serán:

  • 02 laptops Core i5

  • 05 licuadoras

  • 05 microondas

  • 05 cocinas

  • 10 carritos de compras plegables

Los contribuyentes participantes deberán tener condición de deuda cero al 2025, habiendo cancelado la totalidad de sus obligaciones tributarias hasta el día del sorteo. Se entregará un (01) ticket por contribuyente que haya efectuado el pago total, el cual deberá contar con el sello de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas para ser válido.

Quedan prohibidos de participar en el sorteo:

  • El alcalde

  • Los regidores

  • Los funcionarios de confianza

La Comisión Organizadora estará conformada por:

  • Gerente de Administración Tributaria y Rentas

  • Subgerencia de Rentas y Orientación al Contribuyente

  • Subgerencia de Fiscalización y Control

La actividad se realizará el lunes 22 de diciembre de 2025 a las 10:00 a.m., en el frontis de la Municipalidad Provincial de Junín, ubicada en la Plaza de Armas.

ARTÍCULO 11° – VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL 2025 Establecer como fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2025, las siguientes:

  • Pago anual o adelantado:

    • Cuota única: 28 de febrero de 2025

  • Pago trimestral:

    • 1ª cuota: 30 de abril de 2025

    • 2ª cuota: 31 de mayo de 2025

    • 3ª cuota: 31 de agosto de 2025

    • 4ª cuota: 30 de noviembre de 2025

ARTÍCULO 12° – DEL PLAZO Y VIGENCIA Establecer que los contribuyentes podrán acogerse a los beneficios tributarios dispuestos en la presente ordenanza desde el día siguiente de su aprobación hasta el 30 de septiembre de 2025, conforme a lo establecido en el artículo 3°.

ARTÍCULO 13° – BENEFICIOS PARA PENSIONISTAS Y ADULTO MAYOR Otorgar a los contribuyentes que tengan la condición de pensionista y/o adulto mayor, de conformidad con la Ley N.º 30490 – Ley de la Persona Adulta Mayor, el beneficio de deducción de 50 UIT para la determinación de la base imponible del Impuesto Predial. Asimismo, podrán acceder al 50% de descuento en los arbitrios municipales (agua, desagüe y limpieza pública) correspondientes al año 2025, siempre que efectúen la cancelación total de la deuda y cumplan con los requisitos establecidos en la ley mencionada.

ARTÍCULO 14° – DEUDAS EN PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA Precisar que la vigencia de la presente ordenanza no suspende la tramitación de los procedimientos coactivos en curso. Podrán acogerse a los beneficios establecidos aquellos contribuyentes cuyos procedimientos se encuentren en etapa de emisión de resolución de inicio o que no estén en ejecución de medidas cautelares como embargo en forma de retención o inscripción.

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