Ordenanza N.° 018-2025-MPJ/CM
ORDENANZA MUNICIPAL N'018-2025-MPJ/CM
27 de marzo de 2025
ARTÍCULO 1°.- APROBAR LA CAMPAÑA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS 2025
La cual tiene como objetivo brindar facilidades a los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Junín en su pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2025. Asimismo, regular los beneficios de descuentos en Arbitrios Municipales, la donación de mil (1,000) frazadas de una plaza y media (1½) y el sorteo de equipos de cómputo y electrodomésticos a los contribuyentes puntuales con deuda cero.
Artículo 2°.- Alcance
2.1. La presente ordenanza establece la prórroga del vencimiento de la primera cuota del pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y Arbitrios Municipales 2025, así como el procedimiento de descuento por pronto pago si el contribuyente cancela la totalidad de su deuda.
2.2. Podrán acogerse a esta ordenanza todas las personas naturales y jurídicas, propietarias o poseedoras de uno o más predios, incluso aquellas omisas a la Declaración Jurada del Impuesto Predial, siempre que actualicen voluntariamente su información tributaria (nombre del titular, dirección fiscal y características del predio).
Artículo 3°.- Finalidad
Regular el otorgamiento de beneficios de descuentos en arbitrios municipales y establecer el cronograma de pagos del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
Artículo 4°.- Vigencia
La vigencia de la presente ordenanza se extenderá desde su aprobación y ratificación hasta el 30 de septiembre del 2025.
Artículo 5°.- Beneficios e incentivos por pronto pago y amnistía tributaria
5.1. Los descuentos establecidos se aplicarán al monto insoluto de los arbitrios municipales, siempre que el contribuyente acceda voluntariamente y cumpla con los requisitos exigidos. Aplica para predios con uso de Casa Habitación, sin deudas anteriores al 1 de enero del 2025.
a) Se otorgará un descuento del 50 % en los arbitrios municipales determinados para el periodo 2025 a los contribuyentes que cancelen al contado y en un único abono el Impuesto Predial y los Arbitrios del año 2025, y no tengan deudas de ejercicios anteriores.
b) El descuento será aplicable sobre los servicios de agua, alcantarillado y limpieza pública, según el cronograma establecido.
Artículo 6°.- Otros descuentos
Se otorgará un descuento del 100 % en intereses moratorios, multas tributarias y pagos atrasados del Impuesto Predial, Vehicular y Arbitrios Municipales (servicios de agua, alcantarillado y limpieza pública) hasta el 30 de septiembre de 2025.
Artículo 7°.- Anulación de cuentas por cobrar de servicios básicos anteriores al año 1999
a) Se procederá con la anulación de las cuentas por cobrar por servicios de agua, desagüe y limpieza pública correspondientes al año 1999 que se encuentren pendientes de cancelación.
b) Se publicará el detalle de las cuentas anuladas conforme al procedimiento establecido.
Artículo 8°.- Incentivos por pronto pago de alquileres de puestos y tiendas municipales
a) Se otorgará un descuento del 10 % sobre el importe total anual de alquiler a los arrendatarios de tiendas, puestos de venta del Mercado Modelo, servicios higiénicos y demás espacios administrados por la Municipalidad Provincial de Junín.
b) El detalle de dichos descuentos se publicará oportunamente.
Artículo 9°.- Estímulos y donaciones
Se entregará una (01) frazada de plaza y media (1½) a los primeros 1,000 contribuyentes que cancelen totalmente su deuda de Impuesto Predial, Vehicular, Arbitrios Municipales y alquileres hasta agotar el stock programado para el año 2025.
Excepto: Pensionistas y adultos mayores acogidos a la Ley N.º 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor.
Artículo 10°.- Sorteo de la campaña tributaria "Premio al Contribuyente – Deuda Cero 2025"
a) Se realizará un único sorteo público entre los contribuyentes con condición de Deuda Cero al 2025, el lunes 22 de diciembre de 2025 a las 10:00 a.m., en el frontis de la Municipalidad Provincial de Junín (Plaza de Armas).
Premios a sortear:
- 02 Laptops Core i5
- 05 Licuadoras
- 05 Microondas
- 05 Cocinas
- 10 Carritos de compras plegables
b) Participantes autorizados:
Contribuyentes que hayan cancelado la totalidad de su deuda tributaria, incluidos ejercicios anteriores, hasta el 22 de diciembre de 2025.
Contribuyentes que hayan cancelado la totalidad de su deuda tributaria, incluidos ejercicios anteriores, hasta el 22 de diciembre de 2025.
c) Entrega de tickets:
Se entregará un (01) ticket por contribuyente que cumpla con el pago total.
Se entregará un (01) ticket por contribuyente que cumpla con el pago total.
d) No autorizados a participar:
- El Alcalde
- Los Regidores
- Funcionarios de confianza
e) Comisión organizadora:
- Gerente de Administración Tributaria y Rentas
- Subgerencia de Rentas y Orientación al Contribuyente
- Subgerencia de Fiscalización y Control
f) El sorteo será público, con la presencia del Juez de Paz y/o fedatario para dar legalidad al acto.
Artículo 11°.- Vencimiento del Impuesto Predial 2025
Se establecerán las fechas de vencimiento para el pago anual o trimestral del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2025 mediante cronograma publicado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas.
Artículo 12°.- Plazo de acogimiento a beneficios
Los contribuyentes podrán acogerse a los beneficios de la presente ordenanza desde el día siguiente de su aprobación hasta el 30 de septiembre de 2025, conforme al artículo 3°.
Artículo 13°.- Beneficios para pensionistas y adultos mayores
13.1. Los contribuyentes que gocen del benéfico de deducción de 50 UIT para la determinación de la base imponible por tener la condición de Pensionista y/o Adulto Mayor, de conformidad con lo dispuesto por la Ley No 30490.Ley de persona Adulto Mayor
13.2. Podrán acceder a los beneficios de descuento, establecidos en los literales de los Incentivos (a, b) del artículo 5° numeral 5.1, de la presente ordenanza para los pensionistas y adulto mayor del 50% de descuento de los Arbitrios Municipales (Agua, Desagüe y Limpieza Publica) correspondiente al presente año del 2025, siempre que el contribuyente pensionista y/o adulto mayor efectúen la cancelación total de la deuda y cumpla con la Ley N° 30490 Ley de persona Adulto Mayo
Artículo 14°.- Procedimientos en ejecución coactiva
La vigencia de la presente ordenanza no suspende la tramitación de los procedimientos coactivos en curso. Podrán gozar de los beneficios establecidos en la presente ordenanza, aquellos procedimientos coactivos que se encuentren en etapa inicial o que no se encuentren en etapа de ejecución de medidas cautelares de embargo en forma de retención o inscripción.
Esta norma pertenece al compendio Ordenanza Municipal