Resolución de Gerencia Municipal N.° 20-2024-MDJM
29 de febrero de 2024
INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), contra la Sra. María Esther Cherres Zúñiga, en su condición de entonces Gerente de la entonces Gerencia de Administración, por presuntamente haber incurrido en la falta administrativa con carácter disciplinario, prevista en el literal d) del artículo 85° de la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, referida a: "Son faltas de carácter disciplinario que, según su gravedad, pueden ser sancionadas con suspensión temporal o con destitución, previo proceso administrativo: (a), d) La negligencia en el desempeño de las funciones. (...).", por haber contravenido el artículo 66° de la Ley N° 27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades, habiendo vulnerado la Segunda Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 - "Directiva para la gestión de bienes muebles en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento" aprobada por Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01, así como el Principio de Legalidad, contemplado en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS - Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y en la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público, conforme a los argumentos y fundamentos sustentados en la presente Resolución.
Orgánica de Municipalidades, habiendo vulnerado la Segunda Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 - "Directiva para la gestión de bienes muebles en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento" aprobada por Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01, así como el Principio de Legalidad, contemplado en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS - Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y en la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público, conforme a los argumentos y fundamentos sustentados en la presente Resolución.