Ordenanza Municipal N.° 558-2018-MDJM
6 de setiembre de 2018
ESTABLECER un régimen de beneficios especiales por obligaciones tributarias de los contribuyentes que no mantienen adeudos tributarios por periodos anteriores al 2018, que se encuentren vencidas a la fecha de expedición de la presente norma, de acuerdo con las condiciones que establece la presente Ordenanza.
Para efectos de la presente Ordenanza se entenderá por tributos municipales al mpuesto Predial, los Arbitrios de Recolección de Resíduos Sólidos, Barrido de Calles, Barques y Jardines, Serenazgo y las Multas Tributarias.
Para efectos de la presente Ordenanza se entenderá por tributos municipales al mpuesto Predial, los Arbitrios de Recolección de Resíduos Sólidos, Barrido de Calles, Barques y Jardines, Serenazgo y las Multas Tributarias.