Municipalidad Distrital de Jepelacio asignará recursos financieros a las seis municipalidades de los centros poblados de su jurisdicción

Nota de prensa
Alcaldes fueron informados en reunión de trabajo promovida por la Gerencia Municipal

Fotos: Archivo Imagen Institucional

César Bocanegra Ramírez

7 de marzo de 2022 - 1:46 p. m.

En el salón de actos de la Municipalidad Distrital de Jepelacio, se llevó a cabo una importante reunión presidido por el Lic. Segundo Hipólito Saldaña Pérez, Gerente Municipal y los alcaldes de las seis municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de Jepelacio.

La temática abordada en esta reunión, fue la aplicación de la Ley Nº 31079, Ley que modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las Municipalidades de Centros Poblados, modificada por la Ley Nº 30937.

Participaron de esta reunión, los alcaldes de los centros poblados de Shucshuyacu, Pacaypite, Nuevo San Miguel, Carrizal, Jerillo y Lahuarpía; asimismo el Asesor Legal y Jefe de Presupuesto de la MDJ. Los alcaldes expusieron los alcances de esta normatividad y la importancia para la descentralización de recursos financieros a cada municipalidad de centro poblado y fueron informados de los procedimientos a realizar para la aplicación de la Ley Nº 30937.

Luego de un intercambio constructivo de ideas, planteamientos y soluciones, la Gerencia Municipal, sustentado por el informe de Asesoría Legal y de Presupuesto y con las atribuciones conferidas por el concejo municipal, informó a los alcaldes presentes, que la actual administración municipal, adoptará todas las medidas administrativas, para hacer oficial la asignación de recursos financieros a cada municipalidad de centro poblado durante el año fiscal 2022; reafirmando el compromiso del alcalde distrital, de democratizar la asignación de estos recursos, de acuerdo a estándares que el equipo técnico evaluará, como número de habitantes, situación socioeconómica, entre otros.

Hay que señalar que en el  artículo 133 de la Ley Nº 31079, se establece que la municipalidad provincial y distrital, según corresponda, hace entrega de recursos presupuestales, propios y transferidos por el gobierno nacional de su libre disponibilidad, a la municipalidad de centro poblado, para el cumplimiento de las funciones delegadas, con arreglo a la normativa presupuestal vigente.

Entre estos recursos, se establece la asignación mensual por parte de la municipalidad provincial y la municipalidad distrital, para el cumplimiento de las funciones y la prestación de servicios públicos locales delegados, en proporción a la población a ser atendida; siendo el mínimo el 50% de una UIT.

“Hay que reconocer la voluntad política de la actual administración municipal de dar cumplimiento a la norma”, señaló el alcalde de la Municipalidad Delegada de Shucshuyacu, Prof. Edwin Mendoza Castañeda.

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