A gobernadores, alcaldes y alcaldesas del país para garantizar el abastecimiento y expendio de alimentos

Comunicado
En mercados mayoristas, minoristas, supermercados, bodegas y otros centros de abastos durante el Estado de la Emergencia Nacional
Para su cumplimiento

Fotos: Archivo Imagen Institucional - MDJ

César BocanegraRamírez

1 de abril de 2020 - 5:53 p. m.

1. El abastecimiento de productos a mercados mayoristas y otros centros de abastos está permitido las 24 horas. El personal indispensable para esas tareas debe contar con DNI. y pase de tránsito.

2. Los agricultores, con la finalidad de garantizar el abastecimiento y expendio de alimentos para la población, podrán movilizarse las 24 horas, para ello deberán portar DNI., pase de tránsito y/o laboral vigente.

3. La venta de alimentos y productos de limpieza e higiene personal al público en mercados mayoristas se realizará de 6:00 a 16:00 horas y en mercados minoristas, supermercados, bodegas y otros centros de abasto de 7:00 hasta las 16:00 horas, para facilitar el traslado y retorno de y a sus domicilios de trabajadores y consumidores, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 053-2020-PCM.

En el caso de las regiones de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto la venta de alimentos y productos de limpieza e higiene personal al público en mercados mayoristas se realizará de 6:00 a 14:00 horas y en mercados minoristas, supermercados, bodegas y otros centros de abasto de 7:00 hasta las 14:00 horas, para facilitar el traslado y retorno de y a sus domicilios de trabajadores y consumidores.

4. Durante las horas de funcionamiento de mercados y otros centros de abasto bajo su responsabilidad de regulación, las municipalidades establecerán aforos máximos de personas, adecuados a cada espacio.

5. Es obligatorio el uso de mascarilla y guantes por todas las personas que laboran y expenden productos en mercados mayoristas, minoristas y otros centros de abastos a nivel local.

FUENTE: OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL - MINAGRI