Ordenanza Municipal N.° 008-2024/MDJ-A
Vigilancia, Prevención y Control del Dengue y Otras Arbovirosis en el Distrito de Jazán
9 de julio de 2024
ARTÍCULO 1°: EL OBJETO
La presente Ordenanza tiene por objeto dictar disposiciones, medidas y desarrollar acciones concertadas para la vigilancia, prevención y control de propagación del vector Aedes aegypti transmisor del virus del Dengue y otras aibovirosis. Las acciones que se contemplan en la presente Ordenanza se desarrollarán dentro de la autonomía que nos reconoce la ley y en concordancia con las atribuciones y competencia en materia de salud y medio ambiente, destinadas a preservar y mejorar la calidad de vida de la población.
ARTÍCULO 2°: DEL ALCANCE
Están sujetas a las disposiciones que se establecen en la presente Ordenanza, todas las personas naturales o jurídicas del Distrito de Jazán que almacenan agua, acumulen objetos inservibles en sus viviendas, viviendas inhabitadas, solares en construcción y/o abandonados y otros locales que generen la reproducción del zancudo Aedes aegypti y propagación del Dengue y otras arbovirosis.
La presente Ordenanza tiene por objeto dictar disposiciones, medidas y desarrollar acciones concertadas para la vigilancia, prevención y control de propagación del vector Aedes aegypti transmisor del virus del Dengue y otras aibovirosis. Las acciones que se contemplan en la presente Ordenanza se desarrollarán dentro de la autonomía que nos reconoce la ley y en concordancia con las atribuciones y competencia en materia de salud y medio ambiente, destinadas a preservar y mejorar la calidad de vida de la población.
ARTÍCULO 2°: DEL ALCANCE
Están sujetas a las disposiciones que se establecen en la presente Ordenanza, todas las personas naturales o jurídicas del Distrito de Jazán que almacenan agua, acumulen objetos inservibles en sus viviendas, viviendas inhabitadas, solares en construcción y/o abandonados y otros locales que generen la reproducción del zancudo Aedes aegypti y propagación del Dengue y otras arbovirosis.