Ordenanza Municipal N.° 008-2025-MDJG

CREACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA JALCA

25 de setiembre de 2025

ARTÍCULO 1°. – APROBAR, la creación de la UNIDAD DE GESTIÓN MUNICIPAL – UGM, de la Municipalidad Distrital de la Jalca, para la prestación de los Servicios de Saneamiento en el Ámbito rural, La citada Unidad Funcional tendrá carácter indeterminado; y, dependerá jerárquicamente de la Oficina de Gerencia Municipal.

ARTÍCULO 2°. – DEFINIR, a la UNIDAD DE GESTIÓN MUNICIPAL – UGM, de la Municipalidad Distrital de la Jalca, como una Unidad que cuenta con un equipo especializado, el cual tiene a su cargo la prestación de los servicios de Saneamiento en el Ámbito Rural, para lo cual recibe el asesoramiento y apoyo de los demás órganos de la Municipalidad. Los Ingresos y Egresos provenientes de la prestación de los servicios de saneamiento son administrados con contabilidad independiente y sólo pueden estar destinados a la prestación de dichos servicios, bajo responsabilidad.

ARTÍCULO 3°. – ASIGNAR, las siguientes funciones a la UNIDAD DE GESTIÓN MUNICIPAL – UGM, de la Municipalidad Distrital de La Jalca:
1. Implementar y cumplir la normativa sectorial que regula la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento, así como la atención y orientación del usuario para la correcta aplicación de los dispositivos legales que regulan el uso, instalación y mantenimiento de los servicios de agua potable y saneamiento.
2. Elaborar anualmente las actividades operativas para ser incorporadas en el POI de la municipalidad, permitiéndoles ordenar y orientar la gestión de la Gerencia.
3. Elaborar o actualizar el valor de la cuota familiar de acuerdo a la metodología aprobada por SUNASS y gestionar su aprobación mediante ordenanza municipal.
4. Otorgar conformidad para la autorización de instalación de conexiones domiciliarias de los servicios de agua potable y saneamiento, previa inspección.
5. Otorgar conformidad de la evaluación de los aspectos técnicos para el otorgamiento de la autorización de instalación de conexiones domiciliarias de los servicios de agua potable y saneamiento.
6. Verificar la factibilidad de la instalación de las nuevas conexiones domiciliarias de agua potable y alcantarillado.
7. Organizar, evaluar y controlar el pago por los servicios de agua potable y saneamiento, así como también participar de las estrategias de cobro.
8. Suscribir contrato de suministro con los usuarios por los servicios de agua potable y saneamiento.
9. Otorgar facilidades de pago mediante convenio de fraccionamiento por la venta de conexiones domiciliarias de agua potable y alcantarillado.
10. Informar semestralmente el estado físico de la infraestructura sanitaria y mensualmente el estado financiero.
11. Promover la participación de la población en la operación, mantenimiento, ordenamiento y modernización de los servicios de agua potable y saneamiento.
12. Organizar y difundir programas de educación sanitaria y ambiental a nivel de la población rural.
13. Desarrollar un sistema de información de los servicios de agua potable y saneamiento en coordinación con las unidades de la Entidad.
14. Emitir trimestralmente informes estadísticos sobre el logro de los objetivos específicos y metas alcanzadas de su competencia.
15. Resolver en primera instancia administrativa los recursos impugnativos que se interpongan.
16. Brindar las facilidades a SUNASS para las acciones de fiscalización y/o supervisiones vinculadas a la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento.
17. Otras funciones que le asigne el Gerente de la Gerencia Medio Ambiente y servicios Públicos.

ARTÍCULO 4°. – ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, al responsable del Área Técnica Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y demás áreas o unidades estructurales de la Municipalidad Distrital de la Jalca, el cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes.

ARTÍCULO 5°. – ENCARGAR, a la Gerencia de Medio Ambiente y servicios Públicos de la Municipalidad Distrital de la Jalca, inicien las acciones necesarias para que, en marco a sus funciones, realicen los trámites correspondientes ante la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS, y formular los documentos técnicos normativos para regular la operación de funcionamiento de la Unidad de Gestión Municipal de la Municipalidad Distrital de la Jalca.

ARTÍCULO 6°. – ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Planeación y Presupuesto y a la Gerencia de Medio Ambiente y servicios Públicos, realicen las acciones administrativas y legales, que correspondan para la incorporación y modificación de los instrumentos de Gestión de la Entidad, incorporando a la Unidad de Gestión Municipal – UGM, para el cumplimiento de la presente. Asimismo, ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, DESIGNAR al Personal responsable de la Unidad de Gestión Municipal en un plazo no mayor de TREINTA (30) DÍAS HÁBILES.

ARTÍCULO 7°. – PRECÍSASE, que la presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación, debiendo adecuarse los procedimientos en trámite a lo establecido en la presente Ordenanza.

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ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2025-MDJG

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