Modificatoria del cuadro de infracciones y sanciones
Nota de prensa


30 de mayo de 2023 - 1:00 p. m.
Con el fin de actualizar en parte la O.MN 0134 –MDI a la realidad de nuestro distrito y conseguir mejores resultados contra la proliferación de locales que transgreden las disposiciones municipales generando efectos perjudiciales contra la tranquilidad del vecindario, es que se modifico el cuadro de infracciones y sanciones como del artículo del reglamento, siendo lo correcto lo siguiente:
1) Código :701
Infracción: Por carecer del certificado municipal de funcionamiento
Sanción: Al conductor del establecimiento 100% de UIT.
Sanción: Al propietario del predio 100% de la UIT
Medida complementaria como sanción: Clausura y Retención e internamiento de bienes.
2) Código :705
Infracción: por funcionar como después de las 23.00; 24.00 horas según la ordenanza municipal que establece los horarios de atención:
Sanción: Al conductor del establecimiento 100% de UIT.
Sanción: Al propietario del predio 100% de la UIT
Medida complementaria como sanción: Revocatoria de la licencia de funcionamiento y/o autorización municipal, clausura y retención e internamiento de bienes
3) Inciso b) Articulo 16.2 SANCIONES NO Pecuniarias, Medidas complementarias, RETENCIÓN E INTERNAMIENTO.
Consiste en la acción de la autoridad municipal dirigida a retirar los bienes materia del comercio no autorizado, o que incumplan el horario establecido en la licencia de FUNCIONAMIENTO o que haya cambiado el giro del negocio autorizado a otro prohibido o que contribuyan al peligro, riesgo o generen efectos perjudiciales contra la salud y salubridad, seguridad pública, la moral, el orden y tranquilidad del vecindario. Para internarlo en el depósito municipal en forma temporal hasta que concluya el procedimiento sancionados. Asimismo, serán objeto de retención, los vehículos menores y cualquier bien que se encuentre en la vía publica obstruyendo el tránsito peatonal y/o vehicular.