Resolución de Alcaldía N.° 087-2022-DA/MDI

1 de setiembre de 2022

APROBAR la DECLARATORIA DE NULIDAD DE OFICIO retrotrayéndose a la etapa de otorgamiento de la buena pro del procedimiento de selección subasta inversa electrónica N° 007-2022-MDI-1 para contratación de adquisición de concreto premezclado para la obra “Mejoramiento del Servicio Deportivo Recreativo en el AA.HH. Matarani 2000 Islay (Matarani) del, Distrito de Islay - Provincia de Islay Departamento de Arequipa”, conforme lo establece el numeral 44.1 y 44.2 del artículo 44 del TUO de la ley de Contrataciones del Estado faculta al Titular de la Entidad a declarar la nulidad de oficio de los actos expedidos en un procedimiento de selección, hasta antes del perfeccionamiento del contrato, siempre que: (i) hayan sido dictados por órgano incompetente; (ii) contravengan las normas legales; (iii) contengan un imposible jurídico; o (iv) prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normativa aplicable.
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