Ordenanza Municipal N.° 0145-MDI
31 de octubre de 2013
OTORGUESE un plazo de treinta (30) días contados a partir el día siguiente de su publicación de la presente Norma para que los Locales y Establecimientos que cuentan con Licencia Municipal de Funcionamiento cuyos giros incluyan la venta, comercialización o consumo de bebidas alcohólicas adecuen sus giros, horarios áreas y carteles a las disposiciones establecidas en la presente norma, y cumplido dicho plazo se procederá a realizar la Fiscalización y Control de los establecimiento señalados y se aplicarán las Sanciones Administrativas que tengan lugar por el incumplimiento constatado.