Resolución de Subgerencia N.° 000010-2026-MDI/GDES-SGDET
29 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.– OTORGAR la LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (con ITSE posterior), a favor de la empresa MULTISERVICIOS TRANS GERO SANCHEZ S.A.C., para el desarrollo de la actividad económica consistente en giro de RESTAURANTE, con un área de 260 metros cuadrados (primer piso), con horario de funcionamiento desde las 06:00 a.m hasta las 11:00 p.m., ubicado en el Jr. Francisco de Zela primera cuadra, en el Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz y Departamento de Ancash, debiendo cumplir obligatoriamente con las siguientes disposiciones:
•La presente Licencia faculta únicamente al desarrollo de la actividad autorizada.
•El original de la Licencia de Funcionamiento deberá colocarse en un lugar visible del establecimiento.
•El titular deberá comunicar oportunamente a la Municipalidad el cese de actividades, de producirse.
•La presente Licencia no exonera al titular de contar con las autorizaciones sectoriales correspondientes, en especial las emitidas por la autoridad competente del sector Salud.
El titular del establecimiento deberá permitir y facilitar la realización de la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones – ITSE posterior, la cual en coordinación con la Sub gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres ha sido programada para el día 07 de febrero de 2026, bajo apercibimiento de suspensión o revocatoria de la Licencia de Funcionamiento, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO PRIMERO.– OTORGAR la LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (con ITSE posterior), a favor de la empresa MULTISERVICIOS TRANS GERO SANCHEZ S.A.C., para el desarrollo de la actividad económica consistente en giro de RESTAURANTE, con un área de 260 metros cuadrados (primer piso), con horario de funcionamiento desde las 06:00 a.m hasta las 11:00 p.m., ubicado en el Jr. Francisco de Zela primera cuadra, en el Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz y Departamento de Ancash, debiendo cumplir obligatoriamente con las siguientes disposiciones:
•La presente Licencia faculta únicamente al desarrollo de la actividad autorizada.
•El original de la Licencia de Funcionamiento deberá colocarse en un lugar visible del establecimiento.
•El titular deberá comunicar oportunamente a la Municipalidad el cese de actividades, de producirse.
•La presente Licencia no exonera al titular de contar con las autorizaciones sectoriales correspondientes, en especial las emitidas por la autoridad competente del sector Salud.
El titular del establecimiento deberá permitir y facilitar la realización de la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones – ITSE posterior, la cual en coordinación con la Sub gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres ha sido programada para el día 07 de febrero de 2026, bajo apercibimiento de suspensión o revocatoria de la Licencia de Funcionamiento, conforme a la normativa vigente.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DE SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO Y TURISMO 2026
