Resolución de Subgerencia N.° 000012-2026-MDI/GDES-SGDET
30 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.– OTORGAR la LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARAEDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (con ITSE previa), a favor de la empresa GRUPO EGUSQUIZA VIDAL S.A.C. – I.E.P. SAN MIGUEL
ARCANGEL DE LA FÉ, para el desarrollo de la actividad económica consistente en giro de EDUCACION (inicial, primaria y secundaria), con un área de 3,775.52 metros cuadrados, con horario de funcionamiento desde las 06:00 a.m hasta las 11:00 p.m., ubicado en el Psj. Santiago Antunez de Mayolo N.°201, en el Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz y
Departamento de Ancash, debiendo cumplir obligatoriamente con las siguientes disposiciones:
• La presente Licencia faculta únicamente al desarrollo de la actividad autorizada.
• El original de la Licencia de Funcionamiento deberá colocarse en un lugar visible del
establecimiento.
• El titular deberá comunicar oportunamente a la Municipalidad el cese de actividades,
de producirse.
• La presente Licencia no exonera al titular de contar con las autorizaciones sectoriales
correspondientes.
ARTÍCULO PRIMERO.– OTORGAR la LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARAEDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (con ITSE previa), a favor de la empresa GRUPO EGUSQUIZA VIDAL S.A.C. – I.E.P. SAN MIGUEL
ARCANGEL DE LA FÉ, para el desarrollo de la actividad económica consistente en giro de EDUCACION (inicial, primaria y secundaria), con un área de 3,775.52 metros cuadrados, con horario de funcionamiento desde las 06:00 a.m hasta las 11:00 p.m., ubicado en el Psj. Santiago Antunez de Mayolo N.°201, en el Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz y
Departamento de Ancash, debiendo cumplir obligatoriamente con las siguientes disposiciones:
• La presente Licencia faculta únicamente al desarrollo de la actividad autorizada.
• El original de la Licencia de Funcionamiento deberá colocarse en un lugar visible del
establecimiento.
• El titular deberá comunicar oportunamente a la Municipalidad el cese de actividades,
de producirse.
• La presente Licencia no exonera al titular de contar con las autorizaciones sectoriales
correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DE SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO Y TURISMO 2026
