Resolución Gerencial N.° 08-2025-MDI-GM
21 de enero de 2025
ARTÍCULO PRIMERO. - RESOLVER, el CONTRATO N° 60-2024-MDI/GM; conforme a lo dispuesto en el numeral 164.1 del artículo 164 º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, literal "b) Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras penalidades, en la ejecución de la prestación a su cargo. En concordancia con el artículo 165.1. Cuando una de las partes incumple con sus obligaciones, se considera el siguiente procedimiento para resolver el contrato en forma total o parcial: a) La parte perjudicada requiere mediante carta notarial a la otra parte que ejecute la prestación materia de incumplimiento en un plazo no mayor a cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato. La Entidad puede establecer p lazos mayores a cinco (5) días hasta el plazo máximo de quince (15) días, dependiendo del monto contractual y de la complejidad, envergadura o sofisticación de la contratación. Cuando se trate de ejecución de obras, la Entidad otorga el plazo de quince (15) días. b) Vencidos los plazos establecidos en el literal precedente sin que la otra parte cumpla con la prestación correspondiente, la parte perjudicada puede resolver el contrato en forma total o parcial, comunicando su decisión mediante carta notarial."
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DE GERENCIA MUNICIPAL 2025