Ordenanza Municipal N.° OM-014-2020-MDI
DISPONER LA CLAUSURA INMEDIATA DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES QUE NO CUENTEN CON LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y DEFENSA CIVIL SEA CUAL SEA LA ACTIVIDAD ECONÓMICA QUE DESARROLLEN.
1 de setiembre de 2020
Se ejecuta esta medida preventiva sin mayor tramite que la sola constatación de la autoridad municipal correspondiente, entendiendose que la clausura que se refiere el presente articulo no amerita notificación previa ya que se trata de una medida preventiva con la finalidad de evitar daños personales, materiales, riesgo en la seguridad ciudadana y contaminación del medio ambiente, según sea el caso.
Esta norma pertenece al compendio ORDENANZAS MUNICIPALES