Resolución de Alcaldía N.° 0578-2022-A-MPI
24 de mayo de 2022
RECTIFICAR POR ERROR MATERIAL, en el artículo primero de la Resolución de Alcaldía N°413-2022-A-MPI, de fecha 04 de Abril de 2022, tal como se detalla de la siguiente manera:
DICE:
TRANSFERIR, en la modalidad de VENTA DIRECTA el predio a favor de MENDOZA
MAMANIMARTHA, estado civil SOLTERA, del predio ubicado en el Lote N° 10, Manzana 95
denominado 'Alto Chiribaya", del VII Programa Municipal de Vivienda, con un área total de
165.20m2, cuyos linderos y perímetro se detallan ampliamente en la Partida N° 11004191 del
Registro de Predios de la Oficina Registral de lio, el cual fue evaluado conforme a la
Ordenanza Municipal N° 673-2019-MPI.
DEBE DECIR:
TRANSFERIR, en la modalidad de VENTA DIRECTA el predio a favor de MENDOZA
MAMANI MARTHA, estado civil SOLTERA, del predio ubicado en el Lote N° 10, Manzana 95
denominado "Alto Chiribaya", del VII Programa Municipal de Vivienda, con un área total de
165.20m2, cuyos linderos y perímetro se detallan ampliamente en la Partida N° 11004191 del
Registro de Predios de la Oficina Registral de I/ox el cual fue evaluado conforme a la
Ordenanza Municipal N° 578-2015-MPI.
DICE:
TRANSFERIR, en la modalidad de VENTA DIRECTA el predio a favor de MENDOZA
MAMANIMARTHA, estado civil SOLTERA, del predio ubicado en el Lote N° 10, Manzana 95
denominado 'Alto Chiribaya", del VII Programa Municipal de Vivienda, con un área total de
165.20m2, cuyos linderos y perímetro se detallan ampliamente en la Partida N° 11004191 del
Registro de Predios de la Oficina Registral de lio, el cual fue evaluado conforme a la
Ordenanza Municipal N° 673-2019-MPI.
DEBE DECIR:
TRANSFERIR, en la modalidad de VENTA DIRECTA el predio a favor de MENDOZA
MAMANI MARTHA, estado civil SOLTERA, del predio ubicado en el Lote N° 10, Manzana 95
denominado "Alto Chiribaya", del VII Programa Municipal de Vivienda, con un área total de
165.20m2, cuyos linderos y perímetro se detallan ampliamente en la Partida N° 11004191 del
Registro de Predios de la Oficina Registral de I/ox el cual fue evaluado conforme a la
Ordenanza Municipal N° 578-2015-MPI.