Acuerdo de Concejo Municipal N.° MDI/CM
ACUERDO ÚNICO DE CONSEJO MUNICIPAL
9 de abril de 2025
Conforme a los artículos 194 y 195 de la Constitución Política del Estado, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional N° 27880 y 30305, concordante con los artículos I y Il Título Preliminar de la Ley N.° 27972, las municipalidades son órgano de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico
Que, el artículo 9, inc. 26 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, prescribe que es atribución del Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.
Que, el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N.º 27972, señala que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, el artículo 9, inc. 26 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, prescribe que es atribución del Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.
Que, el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N.º 27972, señala que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.