RESOLUCIÓN DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN n° 117-2025-OGA-MDH/LC
Acta de Consejo Directivo
17 de diciembre de 2025
VISTO: Estando a la Opinión Legal N° 388-2025-RSRC-OGAJ-MDH/LC, de fecha 01 de diciembre del 2025; Informe N° 342-2025-SHC-OAyCP-MDH/LC, de fecha 25 de noviembre del 2025; Informe N° 513- 2025-GDEYT/MDH-LC-DIZA, de fecha 21 de noviembre del 2025; Informe N° 124-2025-RPGDEYT/MDH-LC/DIZA, de fecha 20 de noviembre del 2025, y: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional Ley N° 30305, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitución establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento juridico;
